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Marco Zileri: El hábeas data no sirve para obligar a los periodistas a revelar sus fuentes.

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Publicado: 2013-06-05

Hace unos años un reo pretendió, por la vía del proceso de hábeas data, que la revista Caretas revele la identidad de la fuente que le había entregado información sobre su persona.

En la sentencia 134-2003-PHD/TC el Tribunal Constitucional señaló que el hábeas data no es un proceso destinado a obligar a los periodistas o empresas periodísticas a revelar sus fuentes de información, y que el secreto profesional que ampara a los periodistas se encuentra garantizado por el artículo 2, inciso 18, de la Constitución Política del Perú.

En esa misma sentencia el Tribunal también dijo que el proceso de hábeas data de ningún modo puede ser empleado con la pretensión de impedir el libre ejercicio de la libertad de comunicar. 


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